Exámenes de aptitud para la actividad profesional de Agente de la Propiedad Industrial

Con fecha 07/04/2025 se publica en BOE la Resolución de 31 de marzo de 2025, de la Dirección de la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A., por la que se convocan exámenes de aptitud acreditativos de los conocimientos necesarios para el ejercicio de la actividad profesional de Agente de la Propiedad Industrial y del conocimiento del Derecho español para el reconocimiento de la cualificación profesional para el ejercicio en España de la actividad de Agente de la Propiedad Industrial a ciudadanos de la Unión Europea o de Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.

Podrán concurrir a las pruebas de aptitud acreditativo de los conocimientos necesarios para la actividad profesional de Agente de la Propiedad Industrial los candidatos que posean, el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes los siguientes requisitos:
a) Ser mayor de edad y tener plena capacidad de obrar.
b) Tener la nacionalidad de cualquier Estado miembro de la Unión Europea, o ser residente legal en España, de acuerdo con lo previsto en el artículo 3.2 de la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.
c) No haber sido condenado por delitos dolosos, salvo si se hubiera obtenido la rehabilitación.
d) Estar en posesión o en condiciones de obtener el título oficial de Grado, Licenciado, Arquitecto o Ingeniero u otro título universitario oficial homologado o equivalente a alguno de los anteriores.
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión o en condiciones de obtener la correspondiente credencial de homologación a Grado de dicho título o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia.

Podrán concurrir al examen de aptitud los candidatos que posean, el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea o de un Estado parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
b) Haber obtenido resolución estimatoria de la persona titular de la Dirección de la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A. (OEPM) declarando que los títulos, diplomas o certificados aportados por los aspirantes acreditan su cualificación con respecto a la propiedad industrial en el país de origen, dentro del procedimiento de reconocimiento de cualificaciones profesionales regulado en la Orden ITC/2505/2010, de 22 de septiembre.

Las solicitudes podrán presentarse en el plazo de un mes a través a través de la Sede Electrónica de la OEPM (https://sede.oepm.gob.es), en «Trámites comunes»-«Solicitud de Propósito General»

Resolución de 31 de marzo de 2025, de la Dirección de la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A.

Actualizado el listado de normas del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión

Publicado en el BOE la Resolución de 20 de marzo de 2025, de la Dirección General de Estrategia Industrial y de la Pequeña y Mediana Empresa, por la que se actualiza el listado de normas de la instrucción técnica complementaria ITC BT-02 del Reglamento electrotécnico para baja tensión, aprobado por el Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto.

El listado de normas de obligado cumplimiento de la Instrucción Técnica Complementaria ITC BT-02, queda actualizado como se indica en archivo adjunto y surtirá efectos desde el día 4 de abril de 2025

Consulta pública previa del proyecto de Real Decreto de modificación del RITE

El jueves 27 de marzo de 2025 se ha publicado la Consulta pública previa sobre el proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE).

La reciente aprobación de la Directiva (UE) 2024/1275 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de abril de 2024, relativa a la eficiencia energética de los edificios; y de la Directiva (UE) 2023/2413 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de octubre de 2023, por la que se modifican la Directiva (UE) 2018/2001, el Reglamento (UE) 2018/1999 y la Directiva 98/70/CE en lo que respecta a la promoción de la energía procedente de fuentes renovables y se deroga la Directiva (UE) 2015/652 del Consejo, hace necesaria la transposición a nuestro ordenamiento jurídico de las novedades introducidas por ambas normas.

Adicionalmente, se valorarán propuestas adicionales para garantizar la adecuación del RITE al marco comunitario, tecnológico, de seguridad y de transición energética actual.

Los objetivos básicos del proyecto de Real Decreto son la modificación del Reglamento de las Instalaciones Térmicas de los Edificios para:

  • Ampliar y facilitar su ámbito de aplicación, y en su caso, introducir requisitos asociados a instalaciones existentes.
  • Revisar los valores mínimos de eficiencia energética de los sistemas de calefacción, refrigeración, ventilación y agua caliente sanitaria, así como revisar las exigencias relativas a calidad ambiental interior
  • Incorporar los requisitos asociadas al uso de energías renovables, y promover el almacenamiento energético, el aprovechamiento de energías residuales, el uso de sistemas de calefacción de baja temperatura y las tecnologías más eficientes.
  • Incorporar las nuevas obligaciones asociadas al sistema de inspecciones y expertos independientes y revisar el esquema actual con el fin de mejorar su funcionamiento.
  • Revisar e introducir nuevas exigencias relativas a información, digitalización y accesibilidad.

El plazo para presentar documentación finaliza el viernes 18 de abril de 2025.

Consulta pública pública previa sobre el proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE)

Proyecto ICEX Vives – Oportunidades para jóvenes ingenieros

ICEX Vives es un proyecto impulsado por ICEX España Exportación e Inversiones, cuyo objetivo es facilitar a jóvenes talentos la posibilidad de realizar una experiencia profesional en el extranjero a través de prácticas en empresas internacionales. Esta oportunidad permite a los participantes desarrollar competencias clave en entornos globales, mejorar su empleabilidad y contribuir a la internacionalización de las empresas españolas.

El proyecto está dirigido a titulados universitarios y estudiantes de máster que cumplan los requisitos establecidos, brindándoles la posibilidad de realizar prácticas con apoyo económico en destinos internacionales.

Más información

Proyecto de Real Decreto de medidas para la protección de la avifauna en líneas de A.T. y aerogeneradores

El Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico, somete a consulta pública previa el Proyecto de Real Decreto por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión y para la prevención de la mortalidad en aerogeneradores.

https://www.miteco.gob.es/es/biodiversidad/participacion-publica/ip-rd-avifauna-tendidos.html

En el enlace anterior a la consulta, entre otras consideraciones, se indica:

Para evitar y corregir situaciones de elevada mortalidad en estas instalaciones, el proyecto de real decreto plantea una serie de medidas de reducción del riesgo que han demostrado su validez y establece un marco apropiado para el seguimiento en estas instalaciones.
El nuevo real decreto pretende derogar el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión; articulando un nuevo texto actualizado y acorde con los desarrollos tecnológicos acontecidos. El texto propuesto se estructura en una exposición de motivos, 14 artículos, tres disposiciones adicionales, una disposición transitoria única, una disposición derogatoria única, dos disposiciones finales y dos anexos.

Por la relación de nuestra profesión con los sistemas a los que afecta las medidas del PRD (líneas eléctricas AT y aerogeneradores), solicitamos vuestro análisis y las aportaciones que al respecto entendáis necesarias.

La fecha límite para presentar alegaciones es el próximo 12 de abril. En el Colegio se admitirán vuestras aportaciones hasta el viernes 03/04/2025 (incluido), para su envío al COGITI, que analizará, coordinará y gestionará su presentación.

Para facilitar vuestro análisis, se adjunta una plantilla modelo de aportaciones y borrador del PRD.

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¿Por qué es una gran oportunidad?

Rentabilidad exclusiva: 2,85% de interés bruto anual garantizado durante el primer año (12 meses).
Aportación mínima asequible: Desde 3.000 euros para nuevas aportaciones.
Duración limitada: Solo 21 días (del 1 al 21 de abril) o hasta alcanzar los 2.800.000 euros en aportaciones.
Alternativa sólida a los depósitos e imposiciones a plazo fijo.

Consulta las bases

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Aprobado el nuevo Plan Técnico Nacional de la Televisión Digital Terrestre

La norma establece el marco jurídico y técnico para introducir en el servicio de la TDT de cualquier ámbito territorial (estatal, autonómico y local) la tecnología de transmisión DVB-T2 que permitirá generalizar las emisiones con calidad de ultra alta definición (UHD).

Después de la incorporación del estándar de alta definición, que terminó en febrero de 2024, este Plan Nacional de la TDT impulsa una nueva evolución tecnológica que permitirá a la ciudadanía disfrutar de emisiones con la mejor calidad y a los prestadores de TDT competir tecnológicamente con otras plataformas o servicios audiovisuales que utilizan otras redes de transmisión, como el satélite o la televisión por internet.

La tecnología DVB-T2, la misma que utiliza la mayoría de las emisiones de los Estados Miembros de la Unión Europea, incrementa de manera importante la capacidad en cada múltiple digital y permite, por tanto, realizar un uso más eficiente del espectro radioeléctrico.

En lo que se refiere a los actuales canales de TDT, el nuevo Plan Técnico Nacional de la TDT mantiene las mismas redes de televisión digital terrestre (múltiples digitales) y las desconexiones territoriales que existían en el Plan técnico anterior, por lo que no se pierde ninguno de los canales de TDT que existen en la actualidad.

El proceso fijado para implantar esta evolución tecnológica implica la redistribución en la organización de los canales de televisión de ámbito estatal entre los diferentes múltiples digitales, lo que hace que quede libre una parte de la capacidad de uno de los múltiples digitales para un nuevo canal de ámbito estatal, cuya licencia saldrá a concurso próximamente, por lo que se ampliará la oferta de canales de TDT.

Evolución tecnológica en dos fases

El proceso se hará en dos fases. En la primera, el objetivo es favorecer la implantación de la tecnología y que los ciudadanos empiecen a recibir de manera regular canales de TDT de ámbito estatal con calidad UHD. Estos canales UHD emitirán contenidos simultáneos que ya se emiten en otros canales, por lo que los ciudadanos no dejarán de recibir ningún canal o contenido. Asimismo, en esta fase inicial se llevará a cabo la adaptación del parque de receptores de TV para recibir tecnología de transmisión DVB-T2 y emisiones en calidad UHD.

Cuando el parque de receptores de televisión digital terrestre esté suficientemente adaptado, se iniciará la fase 2, que implicará la implantación global de la tecnología DVB-T2 y la calidad UHD en todos los servicios TDT, tanto de ámbito estatal, autonómico y local.

Para garantizar esta adaptación paulatina del parque de receptores, el nuevo Plan Nacional fija fechas concretas a partir de las cuales los equipos receptores que no reciban emisiones con estos estándares técnicos no podrán ser comercializados en España, evitando así que los ciudadanos puedan adquirir equipos que no estén adaptados a los nuevos requerimientos técnicos.