La Junta de Castilla y León ha publicado el Decreto 5/2026, de 12 de febrero, que regula el procedimiento para la certificación de la eficiencia energética de los edificios en la Comunidad y el funcionamiento del Registro Público de Certificados, en desarrollo del Real Decreto 390/2021.
La norma moderniza y simplifica la tramitación, estableciendo que los trámites de inscripción (nueva inscripción, modificación, renovación, actualización o anulación) se realizarán exclusivamente por vía telemática mediante la aplicación CEREN, disponible en la sede electrónica de la Junta.
Principales novedades para la práctica profesional
Tramitación telemática obligatoria. El registro de los certificados se realiza a través de CEREN, utilizando DNI electrónico o certificado electrónico reconocido.
Documentación a presentar. La solicitud debe acompañarse del informe de evaluación energética en formato electrónico (XML) y del documento Certificado de Eficiencia Energética en PDF, conforme a los modelos oficiales. El certificado debe estar firmado digitalmente por una persona con competencia técnica para suscribirlos.
Plazos y efectos. El plazo máximo para presentar el certificado para su inscripción es de tres meses desde su fecha de emisión. El plazo máximo para notificar la resolución es de tres meses desde la presentación; si transcurre sin notificación, la solicitud se entiende estimada.
Renovación y actualización. La renovación o actualización durante la vigencia se tramita mediante la emisión de un nuevo certificado, que provoca la baja automática del anterior en el registro. Además, el decreto fija la obligación de renovar o actualizar el certificado únicamente en los casos en que la exhibición pública de la etiqueta sea obligatoria, como determinados edificios de la Administración pública y edificios del sector terciario que cumplan las condiciones indicadas en la normativa estatal.
Control, inspección y régimen sancionador
El decreto contempla controles documentales y control técnico adicional sobre una muestra anual de certificados, incluyendo verificaciones in situ. También prevé planes de inspección y remite el régimen de infracciones y sanciones a la normativa estatal aplicable.
Derogaciones y entrada en vigor
Quedan derogadas, entre otras, las normas autonómicas anteriores que regulaban el procedimiento, en particular el Decreto 55/2011 y la Orden EYE/23/2012. El nuevo Decreto 5/2026 entra en vigor el 1 de abril de 2026.
Desde COGITICyL recomendamos a los profesionales que realicen certificaciones energéticas en Castilla y León revisar este nuevo marco procedimental, especialmente en lo relativo a plazos, documentación digital y tramitación a través de CEREN.